Los Inspectores de Dos Hermanas redactaron un acta que “no se atiene a la realidad”

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Hace un año, en enero de 2011, se me incoó un expediente disciplinario por faltas graves de desobediencia y desconsideración a un superior y de emitir informes y adoptar acuerdos manifiestamentes ilegales.

La razón del mismo, según la Resolución de incoación, es haber denunciado ante el Delegado Provincial de Educación de Sevilla, a tres inspectores de educación por falsedad en documento público en la redacción del acta de una reunión mantenida con los directores de Centros Educativos de Dos Hermanas (Sevilla) en septiembre de 2009, en la que D. José Romero y yo, nos ausentamos de la misma indignados por la actitud y el abuso de autoridad de uno de ellos.

Pues bien, once meses después, en enero de este año, me ha sido notificado el sobreseimiento del expediente al no poder demostrase ninguna de las cuatro faltas graves que se me imputaba.

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La satisfacción de no ser sancionado y haber actuado con arreglo a la legalidad, se ha visto empañada por la gravedad de las afirmaciones que el Director General del Profesorado realiza sobre la actuación de los sr. inspectores en relación al acta que ellos redactaron. La resolución del expediente, en algunos párrafos de sus once páginas, dice textualmente:

“…ha quedado demostrado que los Sres. Inspectores careciesen de buena fe al realizar su redacción…”.

“..quedan evidenciado algunos defectos formales de los que adolecen dicha acta, tales como omitir las supuestas infracciones cometidas por los dos Directores, la ausencia de firmas de los imputados y la falta de remisión del acta a los interesados, incumpliendo con ello lo dispuesto en la Orden de 13-7-2007, … y generando la indefensión al incoado y al Sr. Romero hasta el punto de que ambos, desconociendo la existencia del acta, fueron objeto de sendos expedientes de revocación del cargo que ostentaban hasta entonces sin conocer el motivo, todo lo cual provocó sus dimisiones.”.

“Igualmente, queda demostrado que el acta refleja hechos que no se atienen a la realidad de lo ocurrido en la citada reunión…”.

“Tampoco las imputaciones referidas al resto de las supuestas manifestaciones vertidas por el incoado en la reunión reflejan en ningún caso la comisión de ninguna falta por éste sino discrepancia en la interpretación de la recién publicada normativa…”.

Estas graves afirmaciones deberían sonrojar a los citados inspectores, que deberían pedir disculpas públicas, aunque el daño recibido ya no se pueda reparar.
¿Qué pasa ahora con los inspectores D. Julián Esteban, D. Enrique Hernández y D. Francisco Gómez? Pues son ellos los que han cometido irregularidades graves. Nada, los plazos administrativos son los que son y, consciente o inconscientemente, han sido utilizados por la Administración de tal manera que la responsabilidad administrativa de sus presuntas faltas han prescrito.

Podría llegar a múltiples conclusiones sobre cómo la Administración consiente estas actitudes y actuaciones, pero prefiero que cada cual saque las suyas propias.

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