Condenan a Medina por un delito de información privilegiada

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    El ex arquitecto deberá pagar una multa de un millón de euros

    El Juzgado Penal número 13 de  Sevilla ha condenado a un ex arquitecto municipal de Dos Hermanas, en el conocido Caso Medina, a pagar un millón de euros de multa por un delito de información privilegiada al dar a sus socios datos concretos sobre una recalificación urbanística que les supuiso unos beneficios de  579.977 euros .

     

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    Los hechos se remomontan a diciembre de 1999 cuando el por aquel entonces arquitecto y sus socios, también condenados, compraron la finca Nuestra Señora del Carmen por 480.809 euros, vendiéndola posteriormente en marzo de 2000 por 1.060.786.

    El ex arquitecto se encargaba por aquella época de coordinar el equipo redactor del Plan de Ordenación Urbana y sabía quela finca iba a dejar de ser suelo de equipamiento docente para ser residencial, según el juez.

    Por ello, la sentencia le imputa un delito contra la administración pública al usar información privilegiada para obtener información privilegiada.

    Durante el juicio, según ha informado la agencia EFE, el imputado sostuvo que la recalificación de la finca era de “dominio público”, una opinión también apoyada por el alacalde durante el juicio, quien aseguró que esa información era conocida por “todos los promotores que acudían a la Concejalía de Urbanismo a informarse”, según ha publicado El Correo de Andalucía.

    Ante esta circunstancia, la sentencia responde que “lo que no era de dominio público era cuándo se iba a materializar esa circunstancia, aspecto éste del que el acusado tenía conocimiento como director del proyecto”.

     

    La oposición opina

    El portavoz del Partido Popular Manuel Alcocer afirma que es necesario dejar que la justicia actúe conforme a sus principios y tiempos hasta depurar todas las responsabilidades que ésta considere pertinentes; confiando que esta situación no vuelva a ocurrir.

    Por su parte a Manolo Lay, portavoz de IU, le  sorprende que se haya retrasado el fallo hasta después de las elecciones y en un periodo informativo colapsado por la Semana Santa. Lay habla de negligencia política ya que “ningún político del Ayuntamiento asumió entonces ninguna responsabilidad por lo ocurrido, dando a entender que hizo lo que hizo sin que nadie lo supiera”

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